vie. Abr 24th, 2026

Ensombrecida por la sentencia contra García Luna y todo el ruido mediático que generó, una importante noticia surgida en el Poder Judicial no recibió la atención suficiente.

El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Pérez Dayándeclaró esta semana la suspensión de las dos reformas legales del Plan B que ya habían sido promulgadas por el presidente López Obrador, por lo que no se aplicarán en los procesos electorales en curso, en Coahuila y el Estado de México.

Pero, además del hecho en sí, fue relevante la consideración del ministro.

Lo más obvio del pronunciamiento fue que, siendo aprobado cuando los procesos electorales en las mencionadas entidades estaban en progresoconstitucionalmente no se puede aplicar.

Pero, además, se señaló lo siguiente:

“Procede otorgar la medida cautelar solicitada, para que el Decreto impugnado no regule los procesos electorales que se encuentran en curso, es decir, los correspondientes al Estado de México y Coahuila, ya que de no concederse, se podrían causar efectos irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implícitos en él” (énfasis mío).

Inmediatamente respondió a la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República señalando que la determinación es “arbitraria e ilegal” y que se utilizará la vía de impugnación.

Sin pretender entrar en una discusión de técnica jurídica, de lo que se trata es de una suspensión, y como todas, debe esperar hasta la definición de la sustancia del acto de autoridad que se reclama, que en este caso son las reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas ya la Ley General de Comunicación.

Para que la decisión vaya más allá de la suspensión, se requiere que el asunto llegue al Pleno de la Corte y que al menos 8 de los 11 ministros Coincido en que las reformas afectan el sistema democrático del país y por lo tanto deben ser declaradas inconstitucionales.

Sin embargo, al establecer Pérez Dayán el criterio de que es necesario suspender la vigencia de esta legislación por el daño que puede ocasionar al sistema democrático hasta tanto se resuelva el tema, queda la posibilidad de que ese mismo criterio puede ser adoptado por algún otro ministro o una ministra si es la encargada de atender las acciones de inconstitucionalidad que se van a presentar cuando se promulguen las leyes aprobadas el pasado miércoles por el Senado.

La estrategia que pareció seguir el presidente López Obrador fue posponer lo más posible la promulgación de las reformas legales que conforman el Plan B, de modo que no hubiera tiempo para que la Corte abordara las acciones de inconstitucionalidad que se iban a presentar.

Es como en un partido de fútbol, ​​el equipo que va adelante en el marcador, consume el reloj para dejar fuera de tiempo al equipo contrario.

Pero, al observarse la voluntad de la Corte de atender con celeridad estas acciones, la estrategia puede no funcionar.

Es probable entonces que las leyes se promulguen inmediatamente y que haya más tiempo para combatir probables suspensiones o para operar contra un posible voto en contra en el Pleno de la Corte si las acciones de inconstitucionalidad llegan a esa instancia.

El festejo de los senadores morenistas para la aprobación del Plan B podría ser efímeroya que dudo que la Corte eluda la responsabilidad de prevenir las numerosas violaciones constitucionales que encierran estas reformas.

Por eso soy optimista y creo que las reformas del llamado Plan B van camino al precipicio.

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Metro

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