sáb. Jul 11th, 2026

Autor es la persona física que ha creado una obra literaria y artística.

Artículo 12 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

La explosión en los últimos meses de la Inteligencia Artificial –y de ChatGPT en particular– está impactando en diferentes formas y niveles. La disrupción que representa el hecho de que cualquiera pueda interactuar libremente con esta herramienta ha llevado cosas de la ficción a la realidad.

Esta revolución tecnológica actualiza las amenazas y oportunidades extraordinarias sobre las que solo se especulaba hace un par de años. El futuro ya está inaugurado y quienes vislumbran la radicalidad de estos hechos sitúan su importancia a la par de la invención de la imprenta o del propio internet.

Entre los dilemas que plantea esta nueva realidad, es necesario revisar los postulados que han sustentado el ordenamiento jurídico de la Propiedad Intelectual desde su invención. En toda creación susceptible de protección por derecho de autor, o en toda invención patentable, la figura de la persona física ha sido un elemento de presencia constante. En el fondo de esta demanda está el reconocimiento más obvio de la verdad histórica y abrumadora de que solo los humanos poseen genio creativo. El autor, se dice, inunda la obra creada con su impronta, que a partir de ese momento forma parte de su ámbito jurídico muy personal.

Un primer pronunciamiento que se haya emitido sobre una obra presentada para su registro ante la oficina de Derechos de autor de Estados Unidos ha encendido la polémica. “Mientras no haya una contribución humana para la producción de una obra, no se pueden reconocer los derechos de autor”, dijo la autoridad. La primera cuestión que se plantea es si la naturaleza de la obra creada por AI es susceptible de protección y, en caso afirmativo, a quién corresponden los derechos.

En los casos, por ejemplo, de imágenes producidas por IA generativa, la oficina de Derechos de autor Ha dicho que sólo es protegible lo que el que solicita la obra le añada para terminarla. Un precedente ya documentado de denegación de protección se produjo en el caso de la imagen titulada Una entrada reciente al paraíso, por haber sido creado sin intervención humana. ¿Es el autor el colectivo que creó el algoritmo? ¿O la máquina utilizada en la producción? ¿O los autores de las miles de imágenes utilizadas como insumo para ser mezcladas en la producción final? ¿O quién ha ordenado la creación de la obra?

Por el momento, mientras el mundo pone en marcha la maquinaria para llegar a acuerdos preliminares sobre estas cuestiones, la propia OPENAI parece abrir el uso de sus resultados como una “licencia abierta” a los usuarios.

A mi pregunta específica, ChatGPT respondió: “Las respuestas proporcionadas por mí, como modelo de lenguaje, están disponibles públicamente y pueden usarse libremente, ya sea para uso personal o comercial. Sin embargo, tenga en cuenta que algunas respuestas pueden estar protegidas por derechos de autor si fueron proporcionadas por un usuario específico y no por mí”.

Leer la nota Completa

Metro

By Metro

METRO es un sitio web internacional en donde destacan las noticias más relevantes de hoy, actualidad y diversos temas como deportes, politica, economía y más. Con información veráz y acertada en cada noticia de todo el mundo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *