vie. Abr 10th, 2026

CIUDAD DE MÉXICO.- Si eres trabajador por cuenta ajena y tu empresa te solicita trabajar fuera de tu horario laboral, es importante que sepas que tu patrón está obligado a pagar por esos extra horas.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), un día hábil es el tiempo durante el cual el trabajador está disponible para trabajar. La duración de este día es acordada por ambas partes y no puede ser superar máximos legales.

La LFT establece tres tipos de jornada laboral: diurna, nocturna y mixta, cada una con un límite horario diferente. En una jornada continua de trabajo, se debe conceder un descanso de al menos media hora. Si el empleado no puede abandonar el lugar de trabajo durante el descanso, esto se considerará como parte de la dia de trabajo

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El límite de la jornada laboral semanal es de 48 horas, lo que significa que el empleado debe tener al menos un día libre descansar por cada seis días de trabajo. Este día debe ser pagado. La empresa debe asegurarse de que el día de descanso sea el Domingo. Si esto no fuere posible, el trabajador tiene derecho a exigir una cantidad adicional del 25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

¿Cómo funcionan las horas extras?

Las horas extras deben pagarse al doble del salario regular. Si el salario regular es de 30 pesos la hora, por cada hora extra trabajada se deben recibir 60 pesos. El monto del pago debe ser multiplicado por los días que el empleado exceda su jornada laboral.

El límite de horas extras voluntarias es nueve horas una semana. Si se requieren más horas extras, la empresa debe pagar el triple del salario ordinario por hora trabajada.

Si la empresa requiere los servicios del trabajador en su día de descanso o en días oficiales de descanso, deberá pagar un salario doble más el correspondiente

Es importante que el trabajador conozca sus derechos laborales para evitar abusos y para que la empresa cumpla con sus obligaciones. La LFT protege al trabajador en cuanto a la duración de la jornada laboral, el pago de las horas extraordinarias y los días libres.

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