jue. Abr 16th, 2026

Casi a finales de 2023, el SAT anunció que pospone, por séptima vez consecutiva, la aplicación de sanciones a los contribuyentes que no expidan la Carta Porte Complemento con la nueva versión 3.0.

Héctor Amaya, presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, confirmó que la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, “recién salida del horno”, establece en el Artículo Séptimo Transitorio, que el período de convivencia entre la versión 2.0 y 3.0 para la emisión de la Carta Porte Complemento Va hasta el 31 de marzo del año que recién comienza.

De esta manera, la Resolución Fiscal Miscelánea para 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2023, deja claro que en principio el 1 de abril de 2024 sería la fecha en la que entrará en vigencia esta versión 3.0 de la Carta de Porte, a menos que el SAT otorga cualquier plazo adicional.

Información la Instituto Mexicano de Contadores Públicos Recordó que la multa por no emitir el CFDI oscila entre 19 mil 700 y 112 mil 650 pesos, y de 400 a 600 pesos por cada factura electrónica del tipo ingreso o transferencia que se emita sin complemento de Carta Porte o que contenga errores.

Para efectos del artículo 29, penúltimo párrafo del CFF, los contribuyentes obligados a emitir CFDI que estén constituidos el complemento Carta Portepodrá continuar emitiéndolos en la versión 2.0, publicada el 24 de febrero de 2023 en el Portal del SAT, hasta el 31 de marzo de 2024.

De acuerdo con lo anterior, los contribuyentes podrían emitir opcionalmente la CCP 3.0 en cualquier momento desde ahora hasta el 31 de marzo de 2024, y sería a partir del 1 de abril cuando exista la obligación general de utilizar la nueva versión.


La implementación de esta medida ha sido criticada por el gremio de contadores y las cámaras empresariales, que han argumentado que la información requerida para llenar la Porte Carte es excesiva, y además Se deben ingresar datos sensibles como su costo y los dueños de la mercancía, que ponen en riesgo la seguridad de las personas.

La autoridad tributaria ha reiterado que la información registrada en este documento está protegida por el secreto fiscal y ayuda a fortalecer el comercio formalcombatir el contrabando y la competencia desleal, ya que regulariza las operaciones comerciales relacionadas con los servicios de transporte.

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