¿Alguna vez has pensado en quién se queda? tu pensión en caso de fallecimiento? Esta cuenta tiene una cantidad considerable de dinero por los años ahorrados por el titular.
A cualquiera de nosotros o un familiar o amigo le puede pasar a elPor tanto, es necesario saber legalmente qué se puede hacer con el destino final de estas cuentas de ahorro.
El afore y la muerte
En caso de fallecimiento del titular de la Afore, existe la posibilidad de que los recursos de su cuenta personal puedan ser reclamados por los beneficiarios. La Ley establece quiénes pueden reclamar ese recurso económico.
En caso de fallecimiento del titular de una cuenta de esta naturaleza, se recomienda llamar a SARTEL, 55 1328 5000. Este tipo de llamada es gratuita, y solo se necesita conocer la Clave Única de Registro de Población (CURP) para realizar la consulta y conocer el estado financiero.

Después de conocer ese estado, Posteriormente puedes realizar el trámite y reclamarlo. Algo que es importante resaltar de estos trámites es que son totalmente gratuitos.
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) Establece en su reglamento que cuando un trabajador fallece, los recursos de su cuenta se heredan a los beneficiarios que éste haya indicado.
lo que dice la ley
Son los parámetros que el Ley de Seguridad Social:
- Viudo o viuda, si este último dependía económicamente del trabajador.
- Hijos menores de 16 años, mayores de 16 años sólo si no pueden sustentarse con trabajo propio o están estudiando hasta los 25 años.
- Padre o madre, si residían en el mismo domicilio que el trabajador.
- A falta de cónyuge, la concubina o el concubinario, si éste dependía económicamente del trabajador.
Lo anterior aplica tanto para beneficiarios del IMSS como del ISSSTEaunque en este último hay un beneficiario más, además de los marcados por el…
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