
Los fans de la saga Regreso al futuro continúan, poco más de treinta años después de la presentación de la primera película, desarrollando teorías de viajes en el tiempo protagonizadas por el adolescente Marty McFly y el Dr. Emmett Brown. Y en las tres sagas hay una fecha que parece ser el punto de convergencia de los hechos que transcurren en las películas, el 5 de noviembre de 1955; el día que Brown inventa el ‘condensador de flujo’, el dispositivo con tres pequeñas lámparas incandescentes parpadeantes que en palabras de su inventor: “es lo que hace posible viajar en el tiempo”.
Si los trabajadores mexicanos menores de cuarenta años de hoy tuvieran un dispositivo como el capacitor de flujo, la fecha a la que muy probablemente intentarían regresar es el 30 de junio de 1997.
¿Por qué esa fecha en particular? Por la sencilla razón de que es la fecha en la que la fórmula ‘se nace, se estudia, se trabaja, se jubila y se muere‘ El desapareció. Actualmente las palabras ‘jubilación’ y ‘pensión’ empiezan a ser palabras extrañas y obsoletas para los jóvenes empleados, la realidad ha cambiado desde el último día de junio de 1997.
Hoy, la pregunta que da título a esta columna, ‘¿cuándo me voy a jubilar?’, está mal formulada, pues implica que el trabajador tiene el poder de decidir la edad a la que puede jubilarse. Más bien, la pregunta debería ser, ¿cuándo puedo jubilarme? O si queremos ser brutalmente claros, ¿podré jubilarme algún día con una pensión suficiente?
¿Cómo funciona la jubilación en el país? En México coexisten dos regímenes de pensiones: el de los trabajadores registrados antes del 30 de junio de 1997 (conocido como Ley ’73); y la de quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 (Ley del ’73). La afiliación a un sistema de pensiones u otro determina, a efectos prácticos, la calidad económica de nuestra vejez.
Sin entrar en términos muy técnicos sobre los requisitos de uno u otro régimen (hay abundante literatura al respecto) la Ley del 73 te asegura un aporte para obtener una pensión de vejez vitalicia, y con la Ley de ’97 recibes una pensión en función del capital ahorrado (sí, el que alcanzaste o quisiste ahorrar)
Y en efectivo, ¿qué significa esto? Podemos traducirlo más o menos en lo siguiente:
1) Ley del ’73. Dependiendo de la edad de retiro y las semanas cotizadas, quienes se encuentren en este esquema tendrán entre el 75% y el 100% de su último salario con un tope aproximado de $73 mil pesos.
2) Ley del ’97. Este esquema es más complejo y las reformas recientes significan que cada caso debe revisarse individualmente, pero a mano (muy) levantada podemos señalar que quienes se jubilen en los próximos 20 años con esta ley tendrán una pensión de entre el 25% y el 40%. % de su último salario.
No tenemos un condensador de flujo, no podemos perder el tiempo con teorías fantasiosas sobre viajes en el tiempo, y no podemos retroceder en el tiempo para darnos de alta como asegurados de la Seguridad Social antes del 30 de junio de 1997 y tratar de garantizar una casi pensión. . a nuestro último sueldo, que aun con el mencionado tope es muy (muy) generoso. Entonces, ¿qué podemos y qué tenemos que hacer? Primero y más importante, entender el grave riesgo que esto representa para cada una de las personas que se jubilarán con el esquema del ’97.
Segundo, ahorra. Si no diseñas un modelo de ahorro a partir de hoy de manera ordenada y estructurada con unos objetivos a largo plazo perfectamente definidos, tus opciones básicamente se reducirán a vivir de tus hijos o esperar los regalos y subvenciones del gobierno. Imaginemos que a partir de hoy tuviéramos que vivir con el 25% de nuestro salario actual; sería aterrador.
Hoy en día, la mayoría de los libros, autores y pensadores nos instan a tomar las riendas de nuestro estilo de liderazgo y planes de desarrollo profesional para no quedar obsoletos. ¿Por qué hay tan pocas personas que hablan de hacerse cargo de inmediato de nuestra jubilación? ?
Vamos camino de tener ciudadanos con una jubilación precaria.
Epílogo.- En las pensiones… también hay una brecha de género. De acuerdo con la OCDE, México es el segundo país de los miembros de este organismo con mayor brecha de género en materia de pensiones. Las mujeres pueden tener una pensión de hasta un 43% menos que la de los hombres.
El autor es Doctor en Filosofía, fundador de Human Leader, Socio-Director de Think Talent y Profesor del ITESM.
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